LO QUE DEBE CONOCER SOBRE LOS APORTES PARAFISCALES

viernes, 01 de febrero del 2019

Cuando las empresas vinculan a sus trabajadores por contrato laboral deben pagar por ellos mucho más que el sueldo estipulado que se les debe consignar por sus servicios en la empresa. Estos pagos incluyen cargas prestacionales, parafiscales y aportes a la seguridad social que no pueden ser pasadas por alto con el fin de evitar sanciones del Ministerio del Trabajo.

 

 

El cálculo de estos aportes, hace que la gestión de la nómina en las empresas represente una dificultad para gerentes, emprendedores y personal de recursos humanos. Por lo que en la actualidad, para facilitar este proceso, las compañías pueden contar con opciones como el outsourcing de nómina Colombia.   

Servicio que realiza por usted, que es gerente de una pyme o director de recursos humanos de una gran empresa, la administración de nómina en Colombia. Pero aunque el proceso sea tercerizado, no quiere decir que se pueda desentender de él, por lo que es necesario que conozca cuáles son los aportes que debe realizar por sus empleados.

 

Por esta razón, en GPS Talent nos centraremos en los aportes parafiscales y le explicaremos de qué se tratan y cómo se deben calcular dentro de la nómina.

 

¿Qué son los aportes parafiscales?

 

Son contribuciones obligatorias que como empleador debe pagar al SENA, el ICBF y a las Cajas de Compensación Familiar; y se determinan sobre la base gravable de la nómina de todos los empleados. Los pagos realizados tienen como fin el sostenimiento de estas entidades y el financiamiento para que pueden cumplir con su propósito.

 

Por lo tanto, es obligatorio que la empresa se afilie y realice los aportes por empleados que  trabajen más de cuatro horas diarias o más de 96 horas al mes. Los parafiscales equivalen al 9% del valor total del Payroll en Colombia de su empresa, del cual el 4% está destinado a las Cajas de Compensación Familiar, el 3% para el ICBF y el  2% restante para el SENA.

 

¿Todos los empleadores deben pagar los parafiscales?

     

En 2016 se dictó la ley 1819 que se adicionó al estatuto tributario, la cual debe ser conocida por  la compañía que le preste el servicio de outsourcing de nómina, y que permite la exoneración de  los aportes al ICBF y al SENA en los siguientes casos:

 

1.    Las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes de impuesto de renta y complementarios, correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos de diez SMLV.

 

2.    Las personas naturales que tengan dos o más trabajadores que devenguen menos de diez SMLV.

 

En este sentido, si usted hace parte de alguna de las dos opciones no debe pagar los aportes a estas dos entidades, mientras que los aportes a las Cajas de Compensación Familiar sí se deben realizar por todas las empresas y empleadores. 

 

¿Cómo se calculan los conceptos por parafiscales?

 

Los profesionales especializados del outsourcing de nómina Colombia calcularán los aportes parafiscales sobre la totalidad del salario de sus trabajadores, lo que incluye sueldo básico, horas extras, recargos nocturnos y comisiones. Exceptuando únicamente el auxilio de transporte y pagos no salariales.

 

Es importante mencionar que cuando sus empleados se encuentren en periodos de incapacidad no se debe pagar por ellos los parafiscales, debido a que son la ARL o EPS las encargadas, dependiendo del caso, de pagar un auxilio económico al trabajador, que no hace parte del salario ni se cataloga como un descanso remunerado.

 

 

La tercerización de nómina en Colombia lo ayudará a que no existan errores en el cálculo de cada uno de los aportes parafiscales que debe realizar, evitando posibles sanciones para su empresa.

 

Ahora que conoce todo acerca de los parafiscales, seguramente preferirá optar por el outsourcing de nómina Colombia que GPS Talent le ofrece. Nuestros profesionales especializados garantizan los mejores resultados. ¡Contáctenos ahora y seamos los mejores aliados!    

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